Jean-Jacques Rousseau (1712-1778). Desarrolló sus teorías en cinco trabajos fundamentales: Discursos sobre las ciencias y las artes (1750), Discursos sobre el origen y fundamentos de la desigualdad entre los hombres (1755), Emilio (1762), El contrato social (1762) y Confesiones (1782-1789). En los Discursos consideraba la sociedad en la que vivía como corrupta , dominada por la sed de riqueza , la competitividad y la injusticia , lo que lo alejó de los enciclopedistas. En El contrato social defendió que el ser humano es bueno por naturaleza, pero la sociedad lo corrompe convirtiéndolo en un ser insolidario; por ello, las personas establecen una ley de obligado cumplimiento que regule la convivencia social y ceden su soberanía a un poder superior, representado en un Gobi erno y unas instituciones. Estos ti enen l a obligación de legi slar y gobernar para el bien común ; de lo contrario, las personas pueden rebelarse y deponerlos. Estos tres filósofos esbozaron algunas de las ideas más importantes del pensamiento político contemporáneo. (30, 31 y 32) 5. Ilustración y crítica al Antiguo Régimen 14 Define: Ilustración, Enciclopedia, separación de poderes. 15 Explica: Quiénes fueron los precursores de la Ilustración y qué ideas aportaron. Dónde se inició el movimiento ilustrado y por dónde se difundió. 16 Analiza las ideas ilustradas, ¿en qué se oponían al Antiguo Régimen? 17 Valora qué aportaciones de la Ilustración siguen vigentes en nuestros días. A C T I V I D A D E S A DEBATE Las bases del sistema liberal 30. La división de poderes. Hay en cada Estado tres clases de poderes: el poder legislativo, el poder ejecutivo de los asuntos que dependen del derecho de gentes y el poder ejecutivo de los que dependen del derecho civil. Por el poder legislativo, el príncipe, o el magistrado, promulga leyes para cierto tiempo o para siempre, y enmienda o deroga las existentes. Por el segundo poder, dispone de la guerra y de la paz, envía o recibe embajadores, establece la seguridad, previene las invasiones. Por el tercero, castiga los delitos o juzga las diferencias entre particulares. Llamaremos a este poder judicial y al otro, simplemente, poder ejecutivo del Estado. Todo estaría perdido si el mismo hombre, el mismo cuerpo de personas principales, de los nobles o del pueblo, ejerciera los tres poderes: el de hacer las leyes, el de ejecutar las resoluciones públicas y el de juzgar los delitos o las diferencias entre particulares. Barón de Montesquieu, El espíritu de las leyes, 1748 31. Las causas de la desigualdad. ¿Qué debe un perro a un perro y un caballo a un caballo? Nada, ningún animal depende de sus semejantes; pero el hombre que ha recibido el rayo de la Divinidad llamado «razón», ¿qué ha ganado a causa de ello? Ser esclavo en casi toda la Tierra. Si esta Tierra fuese lo que parece debería ser, es decir, si el hombre encontrase en ella por todas partes una subsistencia fácil y segura y un clima conveniente a su naturaleza, es evidente que hubiera sido imposible a cualquier hombre esclavizar a otro. Es la miseria, asociada a nuestra especie, la que subordina un hombre a otro hombre; lo que constituye un daño real no es la desigualdad, sino la dependencia. Poco importa que un hombre se llame Su Alteza o Su Santidad, lo duro es tener que servir al uno o al otro. Es imposible en nuestro infortunado mundo que los hombres que viven en sociedad no estén divididos en dos clases: una de opresores y otra de oprimidos. Voltaire, Diccionario filosófico, 1764 32. El contrato social y sus efectos. Este tránsito del estado de naturaleza al estado civil produce en el hombre un cambio muy importante, sustituyendo en su conducta el instinto por la justicia y dando a sus acciones el carácter moral que antes les faltaba. Solo entonces, cuando la voz del deber sucede al impulso físico y al derecho al apetito, el hombre se ve obligado a consultar a su razón antes de escuchar a sus inclinaciones. Lo que el hombre pierde por el contrato social es su libertad natural y su derecho ilimitado a todo lo que le tienta y puede alcanzar ; lo que gana es la libertad civil y la propiedad de todo lo que posee. Para no engañarse, hay que distinguir bien la libertad natural , que no tiene otros límites que las fuerzas del individuo, de la libertad civil , que está limitada por la voluntad general , y la posesión, que no es más que el efecto de la fuerza o el derecho del primer ocupante, de la propiedad. Jean-Jacques Rousseau, El contrato social, 1762 ¿Qué aspectos trata cada autor? ¿Algunos asuntos son aún actuales? Razona la respuesta. ¿Quién de los tres pensadores aporta las ideas más «revolucionarias»? Argumenta la elección. 26
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