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El uso legítimo e ilegítimo de la violencia A veces se habla del uso legítimo de la fuerza o la violencia para permitir la convivencia democrática. Un ejemplo de esto es el que deben emplear las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado para prevenir un delito o como reacción ante una amenaza o un crimen. Este uso legítimo de la fuerza debe estar siempre sometido a los límites de la ley y de la proporcionalidad. En un Estado democrático son la ley y el derecho, fundamentados en los derechos humanos, los que diferencian entre el uso legítimo e ilegítimo de la violencia, de la fuerza o de la coacción. Pensar que ambos usos son lo mismo es el argumento, por ejemplo, de quienes justifican el terrorismo o los crímenes internacionales. Estas personas sostienen argumentos que suelen tener éxito en las redes sociales, pero carecen de todo rigor y sustento legal, por ejemplo: PIENSA Y COMPARTE. Leed y comentad en clase esta noticia sobre la secta Trascendencia Total: https://www.laopiniondemurcia.es/ sucesos/2024/05/02/trascendenciarecaudar-dinero-adeptos-murciamercurio-101826915.html ANALIZA. Lee el artículo 26 del informe. ¿Crees que, según la ONU, en Mauritania existen situaciones que son consideradas formas contemporáneas de esclavitud? PÁRATE A PENSAR Cuidarnos de no usar la violencia ni de legitimarla Hacer uso de la violencia no es aceptable en ningún escenario, pero, además, tenemos la obligación de prestar atención para no normalizarla o legitimarla de forma indirecta o sutil. Cuando, por ejemplo, reímos por cobardía los actos de una persona que abusa de otra o permitimos una conducta inadecuada contra la intimidad o la libertad de alguien (compartir fotos o comentarios ofensivos en las redes sociales, controlar su teléfono…), estamos abriendo una puerta a la violencia y somos responsables de ella. Por ello, nunca se deben alentar, secundar ni justificar las formas de violencia que observamos en nuestro entorno cotidiano. INVESTIGA. Averigua el significado de la palabra monopolio, que aparece en el texto. Según esta ley orgánica, ¿quién puede hacer en España un uso institucionalizado de la coacción jurídica? A través de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad se ejerce el monopolio, por parte de las Administraciones Públicas, del uso institucionalizado de la coacción jurídica, lo que hace imprescindible la utilización de armas por parte de los funcionarios de Policía. Ello, por su indudable trascendencia sobre la vida y la integridad física de las personas, exige el establecimiento de límites y la consagración de principios sobre moderación y excepcionalidad en dicha utilización, señalando los criterios y los supuestos claros que la legitiman, con carácter excluyente. Preámbulo de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (actualización de 2015) La violencia colectiva La violencia engloba, además del daño físico, amenazas e intimidaciones que provocan daños psíquicos. Todo ello afecta al bienestar de los individuos, las familias y la sociedad. Algunos ejemplos son: El fanatismo y las sectas Muchas personas son seguidoras de ideologías, estilos de vida, causas o personas que consideran referentes. Cuando esa admiración se convierte en una pasión exagerada hablamos de fanatismo. El fanatismo puede defender el empleo de la violencia, la superioridad de unos grupos sobre otros o el sometimiento de las personas. También puede derivar en las sectas. Las sectas son organizaciones que profesan una extremada devoción hacia unas ideas o un líder, al que se le atribuyen capacidades excepcionales y se le permite cualquier conducta. Aprovechan las redes sociales para captar nuevos miembros (generalmente en situación de vulnerabilidad) y adoctrinarlos y controlarlos a través del engaño. Los miembros de una secta suelen perder la relación con su familia y su entorno. La trata de personas Consiste en la captación y el traslado de seres humanos mediante la amenaza, el uso de la fuerza y la coacción o el engaño, con fines de explotación sexual, trabajos forzados, actividades delictivas y mendicidad. Afecta principalmente a mujeres, niñas y niños en situación vulnerable de pobreza o desprotección. Este delito, recogido en el Código Penal, atenta directamente contra los derechos humanos: ataca la libertad, la dignidad y la salud física y emocional de las personas. 26. El Comité reconoce los importantes progresos realizados por Mauritania en la lucha contra la esclavitud […]. Sin embargo, sigue preocupado por la inadecuada aplicación del marco jurídico, debido, en parte, a los limitados recursos disponibles y a la aceptación social y cultural de las prácticas análogas a la esclavitud que persisten en el Estado. Informe del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas sobre Mauritania, 2024 PÁRATE A PENSAR La esclavitud en nuestros días En la mayor parte de los países, la esclavitud se abolió en el siglo xix. El primer país que la suprimió de forma completa fue Haití, en 1791, y el último Mauritania, en 1981. Sin embargo, en muchos países, como por ejemplo Mauritania, se producen situaciones que en la práctica son de esclavitud y que las autoridades no persiguen con el rigor que sería deseable. Varios datos sobre las sectas: Suelen ocultar los verdaderos fines de la organización. En sí mismas no constituyen un delito en el Código Penal, pero generan delitos, como la coacción, la trata de personas, etc. En 2024, la Comisaría General de Información de la Policía Nacional ha lanzado un plan para frenar su proliferación. Dado que otros emplean la fuerza, también el terrorismo puede hacerlo. No hay diferencia entre el uso de la coacción por parte de la policía en un Estado democrático y el que hace de ella una banda o un grupo terrorista. Las fuerzas y cuerpos de seguridad en un Estado democrático emplean la fuerza, la violencia o la coacción. Esto las hace iguales a las de los Estados no democráticos cuando abusan de los derechos y coartan las libertades. 309 308 ES0000000222603 398689_Apendice Madrid Capitulo 1_169036.indd 308-309 11/09/2024 13:38:02 Analizar e interpretar textos, mapas, imágenes, casos, esquemas... para comprender la información. Investigar nuevos aspectos para fomentar la curiosidad, trabajar la búsqueda de información y generar conocimiento. Pensar y compartir. Para aprender a escuchar con respeto, a expresar una opinión y a formarse un juicio propio. Las actividades están pensadas para poner en práctica lo aprendido. Se orientan al análisis, la investigación y el desarrollo del pensamiento crítico. Pueden realizarse individualmente o en grupo. El contenido se apoya en leyes y protocolos que diferentes instituciones han establecido sobre los derechos fundamentales, la convivencia democrática y la violencia en todas sus formas. Este aspecto aporta rigor al contenido y permite desarrollar la competencia informacional, en concreto la veracidad y fiabilidad de las fuentes. VALIDAR LA INFORMACIÓN: EL ANÁLISIS DE LAS FUENTES 2 Otros tipos de textos, como informes, testimonios personales, noticias…, permiten conectar los contenidos con situaciones reales. PASAR A LA ACCIÓN: LA PROPUESTA DE ACTIVIDADES 3 5

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